
La inspección de avería en buques como prueba documental
Por Javier Echenique Navarro. Consultores y Abogados Internacionales
Durante la apertura de las tapas de escotillas de las bodegas del buque y previo al comienzo de las operaciones de descarga en los puertos cubanos o, después de iniciada esta, se ha detectado la existencia de averías en las cargas a granel o ensacadas (soya, arroz, cereales, azúcar, granos, entre otros) supuestamente imputables al buque. Las afectaciones radican en la detección de sacos parcialmente o totalmente húmedos y endurecidos debido a la presencia de agua dentro de las bodegas del buque y que ha ingresado a través de las tapas de escotillas o del sistema de sentinas del buque. La ubicación de la carga dañada dentro de la bodega del buque, nos dará una idea, de donde pudo venir el agua. Suele decirse que, si la avería es detectada a la apertura de las tapas de escotillas del buque en el primer puerto, se infiere que la entrada del agua pudo haberse producido a través de las escotillas, significando la existencia de algún problema con la estanqueidad de las tapas de escotillas.
En el caso que se detecte carga averiada al fondo de la bodega, puede deducirse la entrada de agua proveniente del sistema de sentinas del buque y, para el caso de cargas adyacentes a los mamparos del buque, puede concluirse la insuficiencia ventilación durante el viaje por cambios de temperaturas entre el interior de las bodegas y el exterior. Ante este tipo de situación, los receptores de las cargas siempre han responsabilizado a los porteadores de tales afectaciones, fundamentando que estos tienen una garantía, consistente en cuidar, conservar o custodiar la carga en las condiciones que fue embarcada a bordo del buque.
Deben los receptores más allá de la garantía de cuidado, probar que los portadores no ejercieron la “debida diligencia” que refiere las reglas de la Haya. Para la determinación del siniestro, los recepto[1]res deben ser capaces de llevar a cabo una inspección detallada de las condiciones de la carga y la causa del evento, en el sentido de establecer la responsabilidad directa de los porteadores. Lamentablemente, los reportes de las inspecciones han adolecido de elementos que involucre al buque. En el caso de las averías por humedad de la carga, los reportes tan solo han señalado como causa, la entrada de agua proveniente de las tapas de escotillas o de las sentinas del buque, sin otra explicación.
Los porteadores han exhortado a los receptores probar su responsabilidad, habida cuenta que las inspecciones han carecido de argumentos sólidos que los inculpen, pues no ha habido en los reportes una consideración en lo referente a las tapas de escotillas o sistema de sentinas Realmente las inspecciones debieron describir las “causas próximas y efectiva del daño” más allá de limitarse a decir que la causa fue el “agua proveniente de la sentina” o, de las “tapas de escotillas”.
Es importante destacar que, si la causa hubiese sido atribuible a un “actuar negligente de los Marinos u Oficialidad por acción u omisión”, por ejemplo, haber dejado una válvula abierta (si fuese el caso), entonces los portadores podrían ser exonerados de toda culpa al amparo del “Convenio Internacional para unificación de ciertas reglas en materia de conocimientos de embarque” de fecha 25 de agosto de 1924 o Reglas de la Haya, donde en su artículo 4.2. refiere: “Ni el porteador ni el buque serán responsables por pérdidas o daños que surjan o resulten de: a) Los actos, negligencias o la falta del capitán, marinos, prácticos o empleados. ¿Qué deben conocer los abogados de los receptores para ejercer la asistencia legal?
En ese sentido, resulta necesario abordar algunos aspectos esenciales que los abogados deben tener en cuenta en su actuar cuando se le presenten casos de esta naturaleza. Es necesario de que los abogados de los receptores tomen en consideración los procedimientos llevados a cabos por los portadores para proteger sus intereses. Los portadores para prevenir las averías que se suscitan durante la travesía o aventura marítima, adoptan, antes y en el transcurso del viaje, medidas necesarias para prevenir, evitar o minimizar la ocurrencia de eventos de este tipo. Estas precauciones son aconsejadas por especialistas de riesgos.
Existen factores, procedentes de las condiciones técnicas del buque que desencadenan el surgimiento de “mojadura” de la carga:
(i) “Tapas de escotilla”. Condiciones: - “Juntas de gomas en malas condiciones técnicas”, “tuercas”, “pernos” entre otros (desgastes), - “Escotillas mal cerradas” Impide: - El cierre adecuado de las tapas de escotillas de las bodegas del buque y, - La estanqueidad de las tapas de escotillas (propicia la entrada y fuga de agua hacia la interior de las bodegas del buque).
(ii) “Sistema de sentina”. Condiciones: “Tuberías o válvulas en malas condicione” (corroídas, partidas, atascadas, con fugas, tupi[1]das), “Tapas del sistema de sentinas” (bloqueadas por una inadecuada limpieza de las bodegas) Surgimiento: - Escombros, residuos muy próximos al sistema de sentina (tapas) Impide: - El cierre adecuado de las tapas de sentina, entre otras.
(iii) “Insuficiente, inadecuada o desperfecto en el sistema de ventila”. Condiciones: - Fuga por rotura, mal funcionamiento del sistema de ventila, - Inadecuada ventilación por negligencia, por las condiciones del tiempo Surgimiento: - Gotas de agua – fluido de líquido- hacia el interior de las bodegas, favoreciendo la aparición de gotas en forma de vapor de agua (condensación). - Humedad (“condensación”). Sacos manchados, húmedos, mojados, rebosados. Interacción de la carga con las condiciones de las bodegas: - La carga experimenta cambios motivado / como resultado de:
• la temperatura existente en el interior de las bodegas del buque (húmedo) y el exterior del buque (cálido/ para los casos de travesía en climas cálidos),
• el contacto entre los sacos adyacentes a las mamparas del buque (a granel) y la propia mampara. Regularmente los portadores y, para evitar una fuga dentro de las bodegas provenientes de las tapas o junta de escotillas, realizan pruebas “ultrasónicas”.
Este tipo de comprobaciones son determinantes en la “estanqueidad” de las bodegas con vistas a mantener la integridad de la carga, en las condiciones que fue embarcada, o en caso extremo, la prueba de agua sobre las escotillas del buque. En el caso del “sistema de sentinas” y previo al embarque de la carga, los portadores deben “limpiar consecuentemente el sistema y las bodegas” de forma periódica, de modo que se eliminen los residuos que hayan quedado de cargas anteriores muy difícil de limpiar por la naturaleza del producto. Los portadores documentarán las limpiezas por medio de un tercero que será un perito. En ese sentido, las líneas del sistema de sentina, de aire y válvulas deben ser chequeadas periódicamente, conservando el estado técnico de aquellas.
En lo pertinente al “sistema de ventilación”, el Armador debe ser capaz de asegurar su correcto funcionamiento para evitar la aparición de averías. Un aspecto que incide indudablemente en una correcta o adecuada ventilación, es el clima y la temperatura en el puerto de carga y la zona por donde se pretende navegar hasta el destino final. A ello se debe en parte, la aparición de “gotas de agua” en el interior de las bodegas como resultado de la condensación. Otro aspecto es la forma que se ventila, lo que si no es adecuada puede conllevar daños a la carga. Finalmente, recomendamos a técnicos, especialistas, abogados y directivos de empresas dedicadas a la actividad de importación de mercadería, la importancia que tiene la realización de una inspección consecuente y detallada a bordo de un buque ante la aparición de una avería por humedad y/o endurecimiento para la determinación de la responsabilidad de los portadores.